Macro al DíaSemanasagosto 3, 20220Regulación y bancabilidad de proyectos RER-NC

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Evander Garay Cabrera, Economista de Macroconsult

Perú cuenta con un alto, aunque aún subexplotado, potencial de Recursos de Energía Renovables No Convencionales (RER-NC). Esta categoría incluye a las energías solar, eólica y biomasa.

Dicha subexplotación se evidencia en que Perú cuenta con unos de los índices de penetración renovable más bajos de la región. En el 2021, la generación RER-NC solo representó el 5% de la generación total, mientras que en países como Uruguay alcanzó el 50%, en Chile, representa el 22%, en Brasil, el 13% y en Argentina, el 12%.

Este retraso se explica por dos factores: (i) sobreoferta de capacidad eficiente y (ii) los bajos precios de la energía observados hasta junio del 2021. Ambos se combinaron para reducir el apetito por nueva capacidad renovable entre los años 2016-2020. Si bien la sobreoferta continúa, desde julio del 2021, fruto de un cambio regulatorio, el precio spot de la energía se triplicó, renovando, así, el apetito por invertir en proyectos renovables.

La nueva señal de precios por sí sola, sin embargo, no es suficiente para materializar una nueva ola de inversiones sostenible en el tiempo. Los inversionistas requieren, además, de condiciones adecuadas que les otorguen viabilidad financiera a sus proyectos.

Una forma de alcanzarla es mediante la comercialización de la electricidad generada mediante contratos con clientes libres o distribuidoras. La regulación actual, sin embargo, pone en desventaja a las energías RER-NC, pues limita su capacidad para firmar tales contratos, principalmente a las solares.

El MINEM busca corregir esta y otras limitaciones mediante una propuesta de modificación de la Ley 28832, Ley de Generación Eficiente, uno de los pilares del sector eléctrico nacional. De concretarse los cambios, se abrirían nuevas ventanas de oportunidad para el desarrollo renovable en el país.

En primer lugar, permitiría la contratación de centrales RER-NC mediante contratos fijados en términos de energía. Este cambio abre el mercado de clientes libres a las generadoras solares, quieres actualmente, no pueden firmar contratos de suministro.

En segundo lugar, se habilita la posibilidad a las generadoras de suministrar energía a distribuidoras mediante licitaciones por bloques horarios. Esto es, una central solar podría suministrar energía a una distribuidora solo durante el día, aprovechando al máximo sus ventajas competitivas. Este mecanismo, que ya ha sido aplicado en otros países, tiene como exponente más exitoso en la región a Chile, donde fue uno de los principales motores detrás de su desarrollo solar.

De esta forma, el Proyecto modernizaría el paradigma regulatorio actual en favor de las renovables. Con lo cual, desarrolladores eólicos y solares podrían obtener la viabilidad financiera de sus proyectos con mayor facilidad y favoreciendo a los usuarios eléctricos del país.

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