Macro al Díaenero 9, 20240Tarifas y gestión de las EPS

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Gonzalo Ruiz Díaz, economista asociado de Macroconsult

Según la ENAPRES 2020, unos 3 millones de peruanos no cuentan con acceso a servicio de agua por red pública, de los cuales el 50% reside en el ámbito rural. Las brechas son aún mayores en alcantarillado donde aproximadamente 7.5 millones de peruanos carecen de dicho servicio, correspondiendo el 63% a zonas rurales. Según el Plan Nacional de Saneamiento (PNS) 2022-2026, cerrar la brecha de infraestructura de acceso a agua potable, saneamiento y tratamiento de aguas residuales, involucraría inversiones de S/. 11.4 miles de millones anuales, por parte del gobierno, Sedapal y las demás EPS, hasta el año 2030.

Este panorama se ve agravado si se tiene en cuenta la situación financiera de las EPS. Con la excepción de SEDAPAL, durante los últimos años, la mayoría ha venido registrando márgenes operativos negativo.  Si bien las tarifas en el Perú estarían retrasadas respecto a las de otros países de la región, la cobertura y calidad de los servicios en nuestro país también sería menor.

La lectura del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) es que el cierre de brechas, pasa necesariamente por un saneamiento financiero de las EPS, lo cual, a su vez, requeriría de un incremento de los niveles tarifarios vigentes. Esa visión se ha plasmado en el reciente Decreto Legislativo 1620 que recorta las facultades de SUNASS. Este organismo, durante los últimos años, siguiendo prácticas internacionales ha venido aprobando planes tarifarios, sujetando los incrementos a la implementación de metas en la gestión y eficiencia de las EPS. Esto resultaba razonable y necesario, pues si no se asegura una gestión eficiente, nada garantiza que las mayores tarifas que paguen los usuarios, se traduzcan en mejores servicios al ciudadano o el cierre de brechas.

La independencia de la función reguladora es un aspecto que ha sido reconocido como un atributo importante de los reguladores peruanos por la OECD y este Decreto será interpretado como un retroceso. Con el nuevo Decreto, el MVCS aprobará componentes importantes de las tarifas, como la determinación de la tasa de ganancia de las EPS, vía reglamento. Asimismo, los incrementos tarifarios no estarán sujetos a metas de desempeño.

La aprobación de incrementos tarifarios sin establecer condiciones para la mejora de desempeño, sólo será un paliativo temporal del déficit sino se subsanan los graves problemas de gestión que enfrentan las EPS. Recordemos que actualmente 19 de las 50 EPS se encuentran intervenidas por OTASS, organismo creado en 2013 para mejorar las capacidades de gestión de las EPS, a través del llamado Régimen de Apoyo Transitorio (RAT). El hecho de que el 38% de las EPS se encuentren sometidas a dicho régimen, sugiere que los problemas de gestión, distan mucho de ser temporales y han devenido en estructurales.

Las consecuencias del nuevo Decreto ya se están percibiendo. Sedapal ha publicado recientemente su nuevo tarifario con un aumento del 8.4%. Bajo el anterior régimen hubiese tenido que pasar por una verificación de cumplimiento de metas de gestión.

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